Represión de Gerardo Morales en Jujuy:Alberto Fernández y Aníbal Fernández no hacen nada

EL PRESIDENTE Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN NO ACTÚAN FRENTE A LA REPRESIÓN EN PURMAMARCA

ACTUALIDAD 18 de junio de 2023 Rs Rs
REPRE
PURMAMARCA

Comunidades originarias y organizaciones sociales que mantenían cortes de rutas en norte de Jujuy, en rechazo a la reforma parcial de la Carta Magna provincial que "limita el derecho a la protesta social", y fue recientemente aprobada por una Asamblea Constituyente, fueron reprimidas por las fuerzas de seguridad locales.

En tanto, el gobernador de Jujuy y precandidato presidencial de la UCR, Gerardo Morales, defendió la prohibición de realizar cortes de rutas y calles, contemplados en el texto constitucional y consideró que la implementación de esa prerrogativa debería ser discutida "a nivel nacional".

En ese marco, la policía avanzó en la manifestación, que se mantenía en un cruce de ingreso al poblado quebradeño de Purmamarca del norte jujeño.

El vocal de la comisión municipal de Moreno, Santiago Lamas, indicó a Cadena 3 que estaba "acompañando a las comunidades en este reclamo que hacen contra la reforma constitucional, que se aprobó de un momento a otro".

Y amplió: "No se sabe cómo se ha aprobado la reforma, porque no se llamaron a las autoridades de las comunidades. Todos los comuneros cortan la Ruta 52 y 9 a la altura de Purmamarca y los desalojan sin una orden judicial".

Veinticinco personas permanecían detenidas este domingo en unidades penales del barrio Alto Comedero, de San Salvador de Jujuy, tras haber sido aprehendidas el sábado durante la represión a cargo de la Policía provincial en la entrada a la localidad de Purmamarca, cuando reclamaban contra la reforma de la Constitución provincial aprobada el viernes.

Los abogados procuraban establecer los planteamientos legales que realizarán, debido a que les preocupa que "no se han seguido los protocolos ni tampoco la reglamentación que establece el Código Procesal Penal".

La imputación contra los detenidos es por artículo 194 del Código Penal que establece la prohibición de cortes de vías de comunicación -con un máximo de tres años y un mínimo de tres meses de pena- con lo cual "absolutamente todas las personas pueden acceder al cese de detención y recuperar la libertad inmediatamente".

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